Permiten eutanasia en Perú: Corte ordena “respetar” decisión de una enferma de poner fin a su vida
Ana Estrada, de 44 años, padece una enfermedad incurable y progresiva, y quiere poner fin voluntariamente a su vida con asistencia médica, lo que será permitido gracias al histórico fallo publicado el día de hoy.
Durante esta jornada el 10º Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Apelaciones de Lima ordenó al Ministerio de Salud del país vecino, junto al Seguro Social de Salud (Essalus), que procedan a “respetar la decisión” de Ana Estrada Ugarte, de 44 años, “de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia”.
La sentencia, si bien aún puede ser apelada, no tiene precedente e indica que se puede “entender por eutanasia a la acción de un médico de suministrar de manera directa (oral o intravenosa) un fármaco destinado a poner fin a su vida”.
Estrada, quien pelea por el derecho a una muerte digna, señaló respecto al fallo que “Estoy sin palabras, muy emocionada, para mí es un placer, una alegría enorme la que estoy sintiendo. Hemos llegado a la meta, yo siento eso” y agregó que “Lo que siempre he tenido claro es que cuando llegara este momento, que ya llegó, yo iba a ser libre. Esa era la lucha por la que estaba peleando todo este tiempo”.
Hasta la fecha en toda América Latina solo Colombia ha despenalizado la eutanasia, en 1997, en otros países existen medidas intermedias, como en México, donde aplican la llamada ley del “buen morir”, la que autoriza al paciente o su familia a solicitar que la vida no sea prolongada por medios artificiales, mientras que en Uruguay y en nuestro propio país, se discuten actualmente -a nivel parlamentario- proyectos sobre la eutanasia.
Respecto a la enfermedad que sufre Ana Estrada, psicóloga de profesión, se trata de una poliomistiosis incurable, que la aqueja desde los 12 años y provocando una debilidad muscular progresiva, por lo que ha tenido que usar silla de ruedas desde los 20 años. Pero a desde el 2015 la enfermedad se complicó de sobremanera y ahora permanece en cama casi todo el día, necesitando asistencia para todo, incluido ir al baño.
Al respecto Ana señaló que “Mi cuerpo se sigue deteriorando. Cada día estoy perdiendo más fuerza. Dependo más del ventilador, me agoto más para deglutir y en general para todas las actividades diarias” y enfatizó que “Necesito la garantía de parte del Estado para elegir cuándo y en qué condiciones morir. Ayúdenme a lograrlo”.
Respecto al fallo en sí, la corte dispuso que se “inaplique el artículo 112 del Código Penal” que prohíbe la muerte asistida, acogiendo un recurso presentado en febrero de 2020 por la Defensoría del Pueblo del Perú (ombdusman) en favor de Estrada. En esa línea Percy Castillo, adjunto de derechos humanos de la Defensoría del Pueblo señaló que “El fallo es histórico porque reconoce un derecho y eso no sucede todos los días”.
Mientras que Walter Gutiérrez, el defensor del Pueblo, indicó que “El ser humano tiene todo el derecho de ponerle fin a su vida, porque es el último recodo de libertad”.
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